Abogados Especialistas en Reclamos de Internación Geriátrica

¿Necesitas internación geriátrica y tu Obra Social o Prepaga no responde?

Asesoramiento Sin Costo Inicial:
Consulta legal gratuita para evaluar tu caso. Solo actuamos cuando podemos defender tus derechos, asegurando una gestión transparente de honorarios vinculada a la obtención de tu cobertura.
Gestión Rápida y Reclamo Inmediato:
Iniciamos el reclamo en 48 hs desde la recepción de la documentación. Nuestro objetivo es una resolución extrajudicial ágil para asegurar la cobertura sin demoras innecesarias.
Defensa Legal Integral y Certera:
Basados en la legislación vigente y fallos judiciales que garantizan tu derecho a la internación. Nos encargamos del reclamo extrajudicial y la Acción de Amparo judicial si fuera necesario.

Preguntas Frecuentes

El amparo de salud es una acción legal rápida mediante la cuál buscamos que una obra social o prepaga otorgue la cobertura de una prestación médica determinada. Puede versar acerca de medicamentos, cirugías, etc., y en caso de poseer Certificado Único de Discapacidad (CUD), el reclamo puede incluir la cobertura de la internación en una residencia geriátrica o la atención médica domiciliaria.

El amparo se presenta luego de una intimación judicial que nosotros nos encargamos de presentar en la obra social o prepaga. En el caso de la internación geriátrica o cuidados domiciliarios, puede iniciarse aún cuando la persona no esté internada a fin de obtener la cobertura.

Una vez que iniciamos el amparo, le pediremos al juez una medida cautelar en la que ordene a la empresa de salud u obra social cubrir de forma total o parcial el costo de internación.
El tiempo esperado para que el juez dicte la medida cautelar, según la jurisdicción, es de 30 a 60 días hábiles, salvo excepciones.

La cobertura funciona a través del sistema de reintegro ante la obra social o prepaga. Es decir que, una vez que el residente o familiar haya efectuado el pago de la internación y presentado la factura ante la obra social o prepaga, esta deberá reintegrar el dinero en el tiempo y hasta el tope que fije el juez en la medida cautelar.

Todas las obras sociales y empresas de medicina prepaga se encuentran obligadas a la cobertura de la internación geriátrica y de cuidados domiciliarios en caso de que el residente posea el Certificado Único de Discapacidad (CUD), así como de otras prestaciones médicas.

El amparo suele durar entre un año y medio y dos años. Por tal motivo, buscaremos en una primera instancia el dictado de una medida cautelar que conceda el reintegro en forma total o parcial del abono de la residencia geriátrica, de los recibos de los cuidadores domiciliarios u otras prestaciones.
Esa medida se aplica hasta la sentencia que suele confirmar la medida o ampliarla, cerrando el proceso y dándole carácter de definitiva a la decisión de cobertura.

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