Amparo por internación geriátrica
Reclamamos la cobertura total de internación geriátrica o domiciliaria para personas mayores o con discapacidad, según la ley vigente.

Brindamos asesoramiento y defendemos tu derecho a la salud ante la obra social o prepaga.
Si buscas la cobertura total o parcial de prestaciones que debería cubrir tu prestador de salud, dejalo en manos de PROLEG
En nuestro estudio jurídico especializado en derecho de la salud, lo asesoramos y presentamos amparos para que su cobertura cumpla con lo que la ley exige.
Reclamamos la cobertura total de internación geriátrica o domiciliaria para personas mayores o con discapacidad, según la ley vigente.
Solicitamos la cobertura de cuidadores domiciliarios, enfermería y acompañantes terapéuticos las 24 horas, según las necesidades médicas del paciente.
Reclamamos judicialmente medicamentos, tratamientos, rehabilitación o terapias negadas por obras sociales y prepagas.
El amparo de salud es una acción legal rápida mediante la cuál buscamos que una obra social o prepaga otorgue la cobertura de una prestación médica determinada. Puede versar acerca de medicamentos, cirugías, etc., y en caso de poseer Certificado Único de Discapacidad (CUD), el reclamo puede incluir la cobertura de la internación en una residencia geriátrica o la atención médica domiciliaria.
El amparo se presenta luego de una intimación judicial que nosotros nos encargamos de presentar en la obra social o prepaga. En el caso de la internación geriátrica o cuidados domiciliarios, puede iniciarse aún cuando la persona no esté internada a fin de obtener la cobertura.
Una vez que iniciamos el amparo, le pediremos al juez una medida cautelar en la que ordene a la empresa de salud u obra social cubrir de forma total o parcial el costo de internación.
El tiempo esperado para que el juez dicte la medida cautelar, según la jurisdicción, es de 30 a 60 días hábiles, salvo excepciones.
La cobertura funciona a través del sistema de reintegro ante la obra social o prepaga. Es decir que, una vez que el residente o familiar haya efectuado el pago de la internación y presentado la factura ante la obra social o prepaga, esta deberá reintegrar el dinero en el tiempo y hasta el tope que fije el juez en la medida cautelar.
Todas las obras sociales y empresas de medicina prepaga se encuentran obligadas a la cobertura de la internación geriátrica y de cuidados domiciliarios en caso de que el residente posea el Certificado Único de Discapacidad (CUD), así como de otras prestaciones médicas.
El amparo suele durar entre un año y medio y dos años. Por tal motivo, buscaremos en una primera instancia el dictado de una medida cautelar que conceda el reintegro en forma total o parcial del abono de la residencia geriátrica, de los recibos de los cuidadores domiciliarios u otras prestaciones.
Esa medida se aplica hasta la sentencia que suele confirmar la medida o ampliarla, cerrando el proceso y dándole carácter de definitiva a la decisión de cobertura.